El Defensor del Pueblo es el alto comisionado de las Cortes Generales, designado por estas, para la defensa de los derechos del Título I de la Constitución. Puede supervisar la actividad de la Administración y da cuenta a las Cortes. Lo regula el artículo 54 de la Constitución y lo desarrolla la Ley Orgánica 3/1981.
Lo esencial
- Ubicación: Título I, Capítulo IV («De las garantías de las libertades y derechos fundamentales»).
- Naturaleza: alto comisionado de las Cortes Generales.
- Función: defensa de los derechos del Título I; puede supervisar la actividad de la Administración.
- Legitimación: puede interponer el recurso de inconstitucionalidad y el recurso de amparo (art. 162.1 de la Constitución).
- Elección y mandato: lo eligen las Cortes por mayoría de tres quintos de cada Cámara, para cinco años (Ley Orgánica 3/1981).
En Andalucía existe además el Defensor del Pueblo Andaluz (art. 128 del Estatuto de Autonomía).
Test de la Constitución
Test de la Constitución: 5 preguntas
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Pregunta 1 de 50 aciertos
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1. Analizando minuciosamente el artículo 36, ¿qué aspecto concreto de los Colegios Profesionales debe regular de forma literal la ley, además del ejercicio de las profesiones tituladas?
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2. ¿Qué artículo ordena a los poderes públicos promover las condiciones favorables para el progreso social y económico, realizar una política orientada al pleno empleo y velar por la seguridad e higiene en el trabajo?
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3. Analizando minuciosamente el artículo 53.3, ¿cuál de las siguientes opciones describe de forma exacta las únicas vías por las cuales los principios del Capítulo Tercero (principios rectores) podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria?
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4. De acuerdo con el artículo 3.1 de la Constitución, ¿cuál es la lengua española oficial del Estado?
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5. La regulación del sistema de garantías de los derechos reconocidos en el Título I, determinando qué derechos vinculan a los poderes públicos, cuáles se tutelan por ley orgánica o amparo y cuáles informan la legislación positiva, se detalla en el:
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Fuentes
Constitución Española, arts. 54 y 162 (BOE). Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo (BOE-A-1981-10325).
Preguntas frecuentes
¿Qué artículo de la Constitución regula el Defensor del Pueblo?
El artículo 54, dentro del Capítulo IV del Título I.
¿Cuánto dura el mandato del Defensor del Pueblo?
Cinco años, según la Ley Orgánica 3/1981, del Defensor del Pueblo.
¿Quién elige al Defensor del Pueblo?
Las Cortes Generales: necesita una mayoría de tres quintos en el Congreso y en el Senado, según la Ley Orgánica 3/1981.